SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2015-S1

Fecha: 12-May-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó el memorial de la acción de libertad y amplió señalando que los arts. 203 de la CPE y 15 de Código Procesal Constitucional (CPCo), señala que las sentencias constitucionales son de carácter obligatorio y de estricto cumplimiento donde se fija como referencia, plazos para señalar audiencia de cesación a la detención preventiva entre tres a cinco días, la solicitud de audiencia fue realizada el 10 de octubre de 2014, transcurriendo más de veinte días, sin que el juez jurisdiccional atienda su solicitud.