SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2015-S1

Fecha: 12-May-2015

III.2.  Sobre los principios valores y fines del Estado

Para este fin, el art. 8.I de la CPE, incorpora los principios ético morales de la sociedad plural que el Estado asume y promueve, los cuales son: ama quilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón); suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa) teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble), siendo los primeros (amas) mandatos de restricción pudiendo ser de orden imperativo, para todo integrante de la comunidad humana y así alcanzar la sociedad justa y armoniosa en las diferentes cosmovisiones del Estado Plurinacional. Complementándose con el art. 9.4 de la CPE, que señala como fines y funciones esenciales del Estado, el garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución.