SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2015-S1

Fecha: 12-May-2015

pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones

La Constitución Política del Estado, estableció la celeridad como una garantía jurisdiccional y mecanismo de protección oportuna y efectiva de los derechos individuales y colectivos, mediante el art. 116 de la CPE, que señala: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones” (las negrillas son nuestras).