SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S1

Fecha: 12-May-2015

1)

José Romero Solíz y Gregorio Orosco Itamari, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, presentaron informe escrito cursante de fs. 16 a 19 señalando: 1) En el Auto de Vista incluido el acta, se hallan transcritos “en revisión, para firmas, registrada e inmediatamente a ser devuelta” (sic), prueba de ello es que el expediente en testimonio fue remitido al juzgado de origen; 2) El accionante se apersonó a Secretaría de Sala a solicitar que con carácter prioritario se transcriba un testimonio perteneciente a otro proceso; 3) La referida Secretaría trabaja en forma ardua, pero no se encuentra con el personal completo, porque la Oficial de Diligencias está con baja médica por natalidad y existe sobrecarga laboral, necesitándose la creación de dos salas penales más; 4) Transcurrieron dieciséis días calendario, pero hábiles sólo doce; y, 5) Existe falta de legitimación pasiva respecto a sus personas, porque no es parte de sus funciones la transcripción de Autos de Vista y las actas de los testimonio de apelación, siendo éstas atribuciones de la Secretaria de Cámara, por lo que su acción debió estar dirigida contra ella, solicitando se deniegue la tutela.