Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S1
Fecha: 12-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega vulneración de su derecho a la libertad, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, éste solicitó cesación a la detención preventiva, la cual fue denegada por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, por lo que interpuso recurso de apelación incidental; empero, el testimonio de dicha apelación no fue devuelto al Juzgado de origen hasta la fecha de la interposición de esta acción tutelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El debido proceso y el principio de celeridad en la acción de libertad
- por lo que, el principio de celeridad adquiere una connotación especial en los procesos en los cuales se encuentra vinculado el derecho a la libertad, en el entendido de que este último, es uno de los derechos primarios protegidos por la Constitución Política del Estado, los Tratados y Convenios Internacionales sobre derechos humanos y por lo tanto merece especial y prioritaria atención por parte de los administradores de justicia.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR