Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2015-S1
Fecha: 12-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso, al principio de la celeridad, al derecho a la salud, porque estando señalada la audiencia de cesación de su detención preventiva, la Jueza demandada, a solicitud del Fiscal de Materia, suspendió la misma, argumentando que con carácter previo debería resolverse la excepción de extinción de la acción penal que interpusieron.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el principio de celeridad en la acción de libertad
- III.2. Plazo para señalar audiencia de cesación a la detención preventiva
- III.3. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR