SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2015-S2

Fecha: 07-May-2015

concedió

La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 013/2014 de 13 de mayo, cursante de fs. 50 a 51 vta., por la que concedió la tutela solicitada por la parte accionante, disponiendo el pago de los subsidios familiares de pre natalidad, natalidad y lactancia, con imposición de costas a la representante legal de la Línea de Omnibuses Expreso Santa Cruz de la Sierra SRL, bajo los siguientes fundamentos: i) La impetrante en razón de ser madre de un menor de un año de edad, en la cual reclama derechos fundamentales como subsidios, conforme lo ha establecido el Tribunal Constitucional Plurinacional, existiría la excepción a las reglas de subsidiariedad; ii) Se ha determinado su relación de boletera en dicha Línea de Omnibuses, desde el 23 de mayo de 2012, como lo tiene señalado el demandado en su informe, que el nacimiento del menor José Radamel Delgadillo Salek, se produjo el 25 de julio de 2013, cuando se encontraba en vigencia la relación laboral; iii) El reconocimiento implícito del demandado al expresar que el pago de subsidio debía ser reclamado a los Seguros de Salud y BBVA Previsión AFP a efectos de cubrir los subsidios hoy reclamados; y, iv) Señala que la                SCP 1906/2012 de 12 de octubre, expreso: “…se concluye que siendo la seguridad un derecho fundamental y por mandato constitucional se garantiza su efectivo cumplimiento a través de los instrumentos legales referidas en las Sentencias Constitucional, corresponde al empleador del sector público o privado, cumplir con las prestaciones de las asignaciones familiares correspondientes; consistentes en subsidios prenatal, de natalidad y lactancia relativas a la maternidad hasta que el niño cumpla un año de edad y además de los derechos laborales...”.