SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2015-S1
Fecha: 15-May-2015
CONCEDIÓ en parte
El Juez Tercero de Partido y de Sentencia de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 256/2014 de 22 de octubre, cursante de fs. 119 a 120 vta., CONCEDIÓ en parte la tutela solicitada, disponiendo el pago los salarios devengados, beneficios sociales y el derecho a refrigerio que correspondientes a nueve meses, en un plazo prudente; al considerar que: 1) El accionante se encuentra trabajando en AASANA en el cargo de mensajero, en cumplimiento a la conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura Regional de Trabajo; y, 2) Está pendiente el pago de haberes devengados y demás derechos sociales, extremo que no ha sido negado por el demandado, alegando la situación crítica de la institución; por cuanto, existe vulneración a los derechos del accionante, conforme el art 48.IV de la CPE y en concordancia con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- CONCEDIÓ en parte
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 11
- III.4. Sobre el principio de inmediatez
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14