SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2015-S2

Fecha: 07-May-2015

Fragmento 11

           El accionante, mediante la interposición de la presente acción de defensa, alega que fue despedido como Docente Invitado de la UMRPSFXCH, entidad a la que ingresó el 1 de marzo de 2006, habiendo ejerciendo la docencia de manera continua y permanente hasta el 16 de febrero de 2014; toda vez, que arbitrariamente fue retirado de la carga horaria de un grupo al que impartía la materia de Macroeconomía en la Carrera de Ingeniería Comercial y que no fue convocada a concurso de méritos y examen de competencia y/u oposición, motivando acuda a la Jefatura Departamental del Trabajo, instancia que previo informe, emitió la Conminatoria JDTEPS-CH/CR 09/2014 de 1 de abril, por la que dispuso su reincorporación inmediata a su fuente laboral, en el plazo de tres días, de notificada la Casa Superior de Estudios, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales, que a la fecha no fue cumplida por el entonces demandado Rector de la UMRPSFXCH.