Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.4.
II.4. El accionante, denunció ante el Jefe Departamental del Trabajo, quien previo Informe I.D.T-CH 36/13 de 27 de marzo de 2014, emitió la Conminatoria JDTEPS-CH/CR 09/2014 de 1 de abril, por la que dispuso la reincorporación inmediata del accionante a su fuente laboral, en el plazo de tres días, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales, que le fue notificada a la Universidad demandada, el 2 de abril de 2014, y que no dio cumplimiento no obstante de la petición del accionante de 23 de junio de 2014, donde hace referencia no haber tenido ninguna respuesta (fs. 15 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2° Se dispone