SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2015-S3

Fecha: 19-May-2015

1)

La parte accionante en audiencia ratificó los términos de su memorial de interposición de amparo constitucional, y ampliando los mismos refirió que: 1) Si el ahora demandado realizó el depósito judicial de los $us30 000.-, ello no le permitía privarles del ingreso al departamento que ocupaba junto a sus hijas; 2) En audiencia de conciliación realizada ante la Policía boliviana, el demandado afirmó que no permite el ingreso al inmueble porque se le está ocasionando perjuicio; 3) Las medidas de hecho no están permitidas por ley para privar de vivienda a una persona, más aun si se trata de alguien que tiene a su cargo otra con capacidades diferentes como ocurre en el presente caso; y, 4) El hoy demandado como propietario del inmueble señaló que no importa el resultado del proceso de divorcio, puesto que se encuentra facultado para disponer del departamento que ocupaba.