SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2015-S1

Fecha: 15-May-2015

III.3. La reincorporación laboral en la vía administrativa

Según el art. 10 del DS 28699, modificado por su similar 0495, el trabajador si opta por su reincorporación puede acudir ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo, para que sea esta la instancia pertinente que constate su despido injustificado, con facultad de conminar a la reincorporación laboral inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales que le correspondan, entendimiento que ha sido asumido por las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0019/2015-S1 y 0138/2012, entre otras.