Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
2° Disponer
2° Disponer que, Daniel Guarachi Calle, Juez de Instrucción Mixto Liquidador y Cautelar de Apolo del mismo departamento, señale audiencia de cesación a la detención preventiva del accionante, en el plazo de cuarenta y ocho horas como máximo a partir de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que la situación jurídica del accionante ya este definida a la fecha.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1.
- III.2. Plazos para el señalamiento de audiencia de cesación de la detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR
- 2° Disponer