SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2015-S2

Fecha: 07-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 4 de septiembre de 2014, solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva, la que se fijó para el 15 de septiembre de 2014, por el Juez de Instrucción en lo Penal de Achacachi, la misma se suspendió porque el precitado Juez no contaba con el cuaderno de control jurisdiccional, por lo que señaló un cuarto intermedio para el 16 del mismo mes y año, actuado que nuevamente se suspendió, por haberse resuelto la recusación en contra del Juez de Instrucción Mixto Liquidador Cautelar de Apolo; habiendo el mismo Juez remitido obrados al Juez de Instrucción de Puerto Carabuco provincia Camacho, porque habría interpuesto anteriormente acción de libertad contra el Juez de Instrucción de en lo Penal Achacachi y el Juez de Instrucción Mixto de Puerto Carabuco, en el que se concedió en parte la tutela solicitada, resolución a través del cual, el Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento La Paz, constituido en Juez de garantías, concedió la tutela y dispuso que el Actuario del Juzgado Mixto de Instrucción de Puerto Carabuco, remita todos los antecedentes del proceso ante el Juez de Instrucción Mixto Liquidador y Cautelar de Apolo.

Añade que, en la segunda semana de octubre de 2014 nuevamente presentó memorial ante el Juez de Instrucción Mixto Liquidador y Cautelar de Apolo, reiterando señale audiencia de cesación a la detención, el cual informó que los antecedentes habían sido devueltos al Juzgado de Instrucción de Puerto Carabuco, provincia Camacho, quedando pendiente a la fecha la solicitud, causándole agravios, violando sus derechos y garantías constitucionales.