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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2015-S3

    Fecha: 12-May-2015

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante por medio de su representante sin mandato, estima como vulnerados los derechos a la libertad, al debido proceso y a una justicia pronta y oportuna, por cuanto considera que, habiéndose señalado audiencia de medidas cautelares -en cumplimiento de una Resolución de acción de libertad-, la misma fue suspendida nuevamente por error en la notificación al denunciante, demorándose en resolver su situación jurídica.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • el incidente en ejecución de sentencia primero se presenta ante el juez o tribunal de garantías cuya resolución, en revisión, es conocida por este Tribunal, siendo esa la vía idónea para solicitar el cabal cumplimiento de las sentencias constitucionales
    • no es posible presentar contra las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia nuevas acciones constitucionales, pues ello implicaría no sólo revisar nuevamente lo analizado y resuelto por el Tribunal Constitucional, desconociendo la cosa juzgada constitucional
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • III.3. Respecto a la Secretaria
    • CONFIRMAR

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