Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2015-S2
Fecha: 21-May-2015
II.4.
II.4. Mediante nota de 26 de septiembre de 2013, la Agencia Despachante de Aduanas Trans Oceánica SRL, dirigiéndose a la Administradora de la ANB, Interior Cochabamba a.i. señaló: “…transmitimos su enorme preocupación dado que según el sistema de la aduna tiene mercancías ingresadas a recintos aduaneros en febrero del presente año declarados como abandono, pero que según la interpretación y en la cual están basando su control de stocks, debían tener tiempo (para poder) sacar su mercancía hasta octubre de este año…” (sic) (fs. 59).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR