Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2015-S3
Fecha: 12-May-2015
II.6.
II.6. En mérito a dicha solicitud, el Juez Segundo de Instrucción Mixto y cautelar -hoy demandado-, emitió el Auto de 21 de octubre de 2014, por el cual dispuso revocar la concesión del beneficio de suspensión condicional de la pena, por no estar cumplida la exigencia del art. 366 del CPP, ordenando se libre el correspondiente mandamiento de condena por actuaría (fs. 51 de anexo).