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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2015-S3

    Fecha: 26-May-2015

    II.3.

    II.3.  Contra el citado Auto -del párrafo anterior-, la actual accionante planteó recurso de reposición con alternativa de apelación; indicando que, se le notificó en el domicilio procesal y no así en el real, ubicado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, por lo que solicitó nuevamente se anule la citación (fs. 8 a 10).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.3.
    • no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas
    • a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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