Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0516/2015-S3
Fecha: 26-May-2015
II.1.
II.1. Mediante Auto interlocutorio 19/2014 de 14 de julio, el Juez Mixto, de Instrucción en lo Penal y Liquidador de Culpina del departamento de Chuquisaca, admitió el incidente de nulidad planteado por los demandados Fortunato Rivera Ortiz e Isabela Olarte Cazón, dentro del proceso sumario de cumplimiento de obligación dejando sin efecto las actuaciones realizadas hasta fs. 19 vta., es decir, hasta el Auto de admisión inclusive y en tal virtud, dispuso que la parte actora en atención del art. 319 del CPC, reconduzca su “acción a plantear” (fs. 38 vta. a 39).