SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2015-S1

Fecha: 22-May-2015

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Primero, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 043/2014 de 27 de noviembre, cursante de fs. 30 a 31, denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: i) Sobre la reiteradas solicitudes, habrían sido atendidas de forma oportuna, pero no existió el diligenciamiento pertinente, sin haber sido remitidas al Penal de San Pedro aduciendo el accionante negligencia del personal, hecho que, conforme indicó la autoridad demandada, se debió a la ausencia de dicho personal; ii) Respecto de la solicitud de salidas para atención médica especializada, el accionante puede acudir ante el Juez de Ejecución Penal y en caso de urgencia al Director del Penal de San Pedro, facultado por la Ley de Ejecución Penal, no siendo viable este recurso a través de la presente acción; y, iii) Sobre la negligencia de los funcionarios de apoyo judicial, deberá dirigir su reclamo ante la jueza de la causa o Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura, toda vez que, se advierte en el cuaderno procesal que los memoriales tienen respuesta oportuna dentro de los plazos establecidos por la norma; sin embargo, afirma que no es excusable la carencia de personal respectivo ya que por disposición del Tribunal Departamental de Justicia tenía designado personal en suplencia para dar cumplimiento a las decisiones asumidas por la autoridad ahora demandada.