Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2015-S1
Fecha: 22-May-2015
II.1.
II.1. El 16 y 18 de octubre de 2014, el accionante solicitó a la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, autorización de salidas médicas para ser atendido en las especialidades de Gastroenterología y Urología respectivamente. Consta Informe del Médico del Recinto Penitenciario de San Pedro, de 29 de octubre del citado año, diagnosticado de “Hiperplasia Benigna de Próstata a DC. Por lo que se sugiere SALIDA MÉDICA AL HOSPITAL DE 'COSSMIL', paciente cuenta con seguro militar para ser evaluado por la especialidad de UROLOGÍA, el día que su autoridad lo disponga, desde hrs. 08:00 hasta su conclusión” (sic) (fs. 3 a 10).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre el derecho a la salud y a la asistencia médica de los privados de libertad
- III.4. Permiso de salidas judiciales por motivos de salud
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR