SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
1)
La parte accionante por medio de su abogado, en audiencia ratificó los términos expuestos en su memorial de interposición de la presente acción de defensa, asimismo ampliando los mismos señaló que: 1) A pesar de las reiteradas peticiones, se rehusaron a recibir sus memoriales y tampoco se pronunciaron sobre la remisión de la apelación al Tribunal de alzada, aspecto que creó indefensión al no contar con autoridad alguna para interponer una queja; 2) La actuación omisiva del Fiscal de Materia -hoy codemandado-, provocó retardación en la libertad de su representado; y, 3) Finalmente señaló que al no existir control jurisdiccional y dado que la apelación no fue remitida al Tribunal de alzada, existió un daño irreparable en la salud, libertad y la vida del ahora accionante, ya que fue ultrajado, cortándosele el cabello y otros daños, dentro de un proceso donde consideran que es inocente.
1° CONFIRMAR en parte la Resolución de 31 de octubre de 2014, cursante de fs. 82 a 86, pronunciada por el Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba; y en consecuencia; DENEGAR la tutela solicitada, respecto a Marco Antonio Gálvez Lozano, Fiscal de Materia, y acerca del supuesto daño irreparable que se alega en la salud y vida del ahora accionante, con la aclaración de no haberse ingresado al análisis de fondo de dicha problemática.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la acción de libertad innovativa
- ante la formulación de la acción de libertad, la autoridad judicial demandada resuelve inmediatamente la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad; sin embargo, este aspecto no elimina la posibilidad que mediante esta acción se evalúe la actividad de la autoridad demandada, en cuanto la acción de libertad se configura también bajo la modalidad innovativa. La misma que procede a efectos de tutelar una situación de dilación indebida cuando ésta ya ha cesado, a efectos de no dejar en impunidad el actuar lesivo de quien ha vulnerado el derecho a la libertad
- III.2.
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 15
- III.3.1.
- Fragmento 17
- III.3.3. Sobre el