SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2015-S3

Fecha: 19-May-2015

i)

Melvy Camacho Guzmán, Jueza Mixta de Instrucción en lo Penal de Vinto del departamento de Cochabamba, mediante informe escrito presentado el 31 de octubre de 2014, cursante de fs. 23 a 24, señaló que: i) Conforme a los antecedentes del legajo procesal, no obstante la carga procesal existente en su despacho, exigió a la secretaria de su Juzgado que elabore el acta y proceda a la remisión del mismo en el día, por ello el 30 del mismo mes y año, firmó la nota de remisión al Juzgado de origen y con el fin de agilizar la apelación interpuesta contra el Auto interlocutorio de 20 de ese mes y año, dispuso la remisión del legajo de apelación, toda vez que el imputado se encuentra privado de libertad; y, ii) Hizo notar que la remisión de antecedentes al juzgado de origen y la apelación al Tribunal de alzada, se efectuó en menos de 8 días, considerando que es un juzgado mixto que se encuentra en provincia.

La representante sin mandato por el accionante, alega la vulneración de los derechos de su representado, al debido proceso, al acceso a la justicia, a la defensa, a la vida y a la libertad física y de locomoción, toda vez que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el hoy accionante, denunció las siguientes irregularidades: i) La Jueza ahora demandada no remitió el cuaderno de apelación incidental ante el Tribunal de alzada; ii) La Jueza actualmente demandada, al declinar su jurisdicción y competencia, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no remitió antecedentes del proceso ante el “Juez Mixto Liquidador de Capinota”, encontrándose el mismo sin control jurisdiccional; y, iii) El Fiscal de Materia hoy codemandado, no respondió sus solicitudes de 14, 23 y 24 de octubre de 2014 e incluso alega que dichos memoriales fueron escondidos.