SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2015-S2

Fecha: 22-May-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 084/2014 de 21 de octubre, cursante de fs. 115 a 117 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes argumentos: 1) Respecto a la inmediatez, se evidencia que se notificó al accionante el 14 de febrero de 2014, habiéndose presentado la acción constitucional el 13 de agosto del mismo año; es decir, dentro del plazo de seis meses previstos por ley para su presentación; 2) No se ha dado cumplimiento al principio de subsidiariedad; toda vez que, el impetrante refirió haber instaurado varias denuncias por los excesos y amenazas de las que fue víctima; sin embargo, aún no ha obtenido respuesta; infiriéndose que se ha activado un mecanismo idóneo que se encuentra aún pendiente de resolución; por lo tanto, aún no se ha agotado la vía activada en defensa de sus derechos y garantías constitucionales; y, 3) De conformidad a lo establecido en la SC 1601/2010-R de 15 de octubre, la acción de defensa debe dirigirse, no solamente contra quien generó la supresión, sino también contra aquellos que la consintieron o que originariamente generaron esa limitación, situación que no se presenta en el caso analizado, por lo que el accionante no ha demandado a todas las personas que generaron lesión a sus derechos y garantías, no existiendo en consecuencia, legitimación pasiva para poder resolver la presente acción tutelar.