Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2015-S2
Fecha: 22-May-2015
II.6.
II.6. A través de nota Rectorado 740/2014 de 20 de mayo, el demandado, puso en conocimiento del impetrante los informes jurídicos 654/14 y 692/14, emitidos por el Departamento Jurídico de la UMSA, mediante los cuales se establece la improcedencia de las pretensiones del recurrente por encontrarse agotada la vía administrativa (fs. 34).