SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2015-S2
Fecha: 22-May-2015
I.2.1. Ratificación de la demanda
Dando respuesta a cuestionantes realizadas por el Tribunal de garantías, sobre quiénes hubieran incurrido en lesión de los derechos y garantías reclamados por el impetrante, éste manifestó que evidentemente mencionaba a varias autoridades como el Jefe del Internado Rotatorio, el Decano de la Facultad de Medicina, el Director de la misma entidad; sin embargo, no se había dirigido contra ellas la presente demanda, en el entendido de que interpuso procesos universitarios correspondientes según reglamento interno, los cuales aún no habían sido admitidos o rechazados.
Luego de consultar al demandado, el Tribunal de garantías comunicó al accionante que tenía la posibilidad de titularse dando cumplimiento al internado rotativo, posibilidad que el impetrante desconocía y que estaba dispuesto a optar por ella, considerando en consecuencia, no existir elementos violatorios a sus derechos “…en el fondo del Internado Rotatorio…”.