SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes consideran lesionados los derechos invocados en la presente acción tutelar; debido a que, encontrándose con detención preventiva y domiciliaria, respectivamente, como víctimas solicitaron la correspondiente autorización de salida para asistir a la audiencia de medidas cautelares de la Jueza Mixta de Instrucción y cautelar de Sipe Sipe del departamento de Cochabamba -quien dispuso su detención preventiva-; empero, la autoridad que ejerce el control jurisdiccional les negó dicho petitorio, señalando que su autoridad no fue quien dispuso su detención preventiva; motivo por el cual, volvieron a solicitar su salida; empero, esta vez a la Jueza Mixta de Instrucción y cautelar de Sipe Sipe del mismo departamento -a quien denunciaron-; obteniendo como respuesta de la misma, que no le correspondía otorgar su salida por ser parte en el proceso en cuestión.