SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2015-S3
Fecha: 14-May-2015
I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario policial demandados
Marco Antonio Tapia Mendoza, Jefe Departamental de Santa Cruz de la FELCN -ahora demandado-, por informe escrito presentado el 12 de noviembre de 2013, cursante de fs. 19 a 21 vta., señaló que se recibió la declaración informativa del accionante en presencia de su abogado defensor y “…el Director Funcional de la Investigación, (…) en su condición puso al aprehendido JESUS MENACHO HEREDIA disposición de la Autoridad competente a efectos de control jurisdiccional y determinar su situación jurídica” (sic); finalmente, refirió que el accionante, a la fecha, se encuentra recluido en el Centro de Rehabilitación “Palmasola” de Santa Cruz, tal como se evidencia de la papeleta de descargo de 11 de noviembre de 2013 a horas 11:45 -adjunta a su informe-, mucho antes que la acción de libertad fuera presentada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario policial demandados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad correctiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- denunciando además las deplorables condiciones físicas de la carceleta en la que se hallaba detenido
- a)
- i)
- REVOCAR
- 2º Ordenar