Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2015-S3
Fecha: 14-May-2015
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto constitucional de 22 de abril de 2014, se dispuso la suspensión de plazo para la emisión de la correspondiente resolución, a efectos de recabar documentación complementaria (fs. 28); sin embargo, al no haberse remitido lo requerido, se conminó al Director Departamental de la FELCN de Santa Cruz, mediante proveído de 11 de septiembre del mismo año (fs. 38); además, para contar con mayores elementos de convicción para la emisión del fallo correspondiente, se solicitó documental al Defensor del Pueblo, por decreto de 21 de noviembre de igual año (fs. 58).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario policial demandados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad correctiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- denunciando además las deplorables condiciones físicas de la carceleta en la que se hallaba detenido
- a)
- i)
- REVOCAR
- 2º Ordenar