SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2015-S2

Fecha: 28-May-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, considera lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos a la debida fundamentación, motivación, congruencia y valoración objetiva de la prueba; alegando que dentro del trámite de compensación de cotizaciones seguido por Martha Torrejón Quispe, del sector cooperativas; como efecto del recurso de apelación que interpuso la citada asegurada contra la Resolución 00384/13 pronunciada por la Comisión de Reclamaciones del SENASIR; la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 122/2013 revocando la Resolución recurrida y disponiendo que el SENASIR, en observancia al fallo emitido, califique los periodos efectivamente trabajados y aportados por la titular de la renta en la Cooperativa Minera ”16 de Octubre Ltda.”. Resolución contra la cual la Institución que representa, en tiempo hábil y oportuno interpuso recurso de casación en el fondo; sin embargo, los Magistrados ahora demandados por Auto Supremo 081, declararon improcedente el recurso de casación desconociendo la legitimación activa del representante legal del SENASIR de ese entonces Freddy Leonardo Pérez Ramos; sin advertir que dicha autoridad administrativa ostentaba la facultad suficiente a efectos de plantear recurso de casación, al haber sido designado Representante del Director General Ejecutivo del SENASIR mediante RA 678/13.