5SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

5SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2015-S2

Fecha: 03-Jun-2015

II.3.

II.3. Del informe de 3 de diciembre de 2014, se infiere que contra la citada Resolución, el ahora accionante recurrió en apelación, lo que originó que los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronuncien el Auto de Vista 216/2014 de 26 de noviembre, mediante el cual, confirmaron la Resolución apelada, bajo el fundamento que al no haber demostrado el imputado que la mora o dilación indebida no era atribuible a él, no correspondía se aplique el art. 239.2 del CPP (fs. 10 a 11).