AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2015-RCA

Fecha: 15-Jun-2015

II.2. Análisis del caso concreto

En el caso, la Autoridad accionante denunció que los demandados vulneraron derechos colectivos, al haberse asentado en el terreno de características ya señalado, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, y que luego de haberles seguido a cada quien procesos administrativos; notificados con las respectivas Resoluciones Administrativas: SEMPLA-DCP 622/2014, SEMPLA-DCP 623/2014 y SEMPLA-DCP 624/2014, todas de 24 de octubre; ordenadas que fueron las demoliciones parciales de las construcciones sobre el aludido bien de dominio público, por haberse vulnerado la Ley 482 y “…el art. 30 de la OM 049/2006…”(sic), otorgándoles el plazo perentorio de diez días para que por cuenta propia procedan al retiro de sus bienes, enseres y efectúen las demoliciones dispuestas; sin embargo, posteriormente no hicieron caso a la determinaciones asumidas.