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    AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2015-CA

    Fecha: 11-Jun-2015

    procederá

    Por otra parte el art. 73.2 del código citado, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos corresponden).

    • Tribunal Disciplinario
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • Primero
    • I.2. Respuesta a la acción
    • 1)
    • II.2. Marco normativo constitucional y legal
    • procederá
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
    • RATIFICAR

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