Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
Fragmento 14
Contra dicho Auto de Vista, el SENASIR recurrió de casación, que fue resuelto mediante AS 287, declarando infundado el mismo; en ese orden del procedimiento, devuelto el expediente al SENASIR, esta entidad, en ejecución de fallos, a través de la Comisión de Calificación de Rentas, por Resolución 9252, recalculó la renta jubilatoria respecto al monto; sin embargo, con relación al inicio del pago de la renta única de vejez, dispuso que no corresponde al pago retroactivo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR