SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

Fragmento 14

Contra dicho Auto de Vista, el SENASIR recurrió de casación, que fue resuelto mediante AS 287, declarando infundado el mismo; en ese orden del procedimiento, devuelto el expediente al SENASIR, esta entidad, en ejecución de fallos, a través de la Comisión de Calificación de Rentas, por Resolución 9252, recalculó la renta jubilatoria respecto al monto; sin embargo, con relación al inicio del pago de la renta única de vejez, dispuso que no corresponde al pago retroactivo.