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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2015-S3

    Fecha: 10-Jun-2015

    b)

    b)  Que el Juez de la causa, dio una aplicación errónea del art. 568 del CC, al intentar emplear a rajatabla el acuerdo que tiene naturaleza propia y especial, la norma respecto del contrato con prestaciones recíprocas que imponen el cumplimiento que corresponde a una parte contratante, para poder pedir el cumplimiento de la parte que corresponde a la otra, norma sustantiva que no fue invocada por la demandada;

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso y el principio de congruencia
    • Fragmento 9
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • i)
    • b)
    • c)
    • d)
    • CONFIRMAR

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