Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
III.2. Análisis del caso concreto
Antes de ingresar a analizar la problemática planteada, es preciso señalar que, si bien la accionante no interpuso el recurso de casación dentro del proceso sumario seguido en su contra -sino fue el demandante en el proceso de cumplimiento de acuerdo transaccional-, ésta si consideraba que la resolución ahora impugnada afectaba sus derechos fundamentales, se encuentra habilitada para cuestionarla. Asimismo se aclara, que la revisión de las actuaciones emitidas en sede judicial, se efectúa a partir de la última resolución que tiene la posibilidad de corregir y/o enmendar las determinaciones asumidas por las autoridades de mejor jerarquía.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso y el principio de congruencia
- Fragmento 9
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- b)
- c)
- d)
- CONFIRMAR