SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante contrato ingresó a trabajar a la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), el 1 de marzo de 2010, mismo que fue renovado en sucesivas oportunidades, siempre en tareas propias de la referida Universidad, llegando a tener tres años diez meses y diez días de antigüedad, hasta que el 10 de enero de 2014, fue despedido de manera injusta e intempestiva.

El 13 de febrero de 2014, presentó denuncia por el despido que sufrió, ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Prevision Social de Santa Cruz,  alegando que contaba con estabilidad laboral, instancia que habiendo procesado su pedido, emitió la Conminatoria JDTSC/CONM.50/2014 de 3 de junio del mismo año, por el cual instruye al hoy demandado a reincorporar al ahora accionante a su puesto de trabajo, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales que le correspondan, en atención a lo establecido en el art. 10.IV y V del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, que fue complementado por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010, conminatoria que le fuera notificada al actual demando el 12 de junio de 2014.