SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2015-S3
Fecha: 05-Jun-2015
1)
El accionante a través de su abogado, en audiencia, ratificó la acción planteada y ampliándola manifestó que: 1) En la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de 27 de noviembre de 2014, fueron sorprendidos por el Fiscal de Materia, quien presentó una Resolución del Juez Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer de El Alto del departamento de La Paz, por la cual éste solicitó al Juez ahora demandado, se inhiba de conocer el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona; 2) Este elemento provocó que contando su causa con un juez natural, ahora quede en estado de indefensión, toda vez que no existe una autoridad a quien acudir en queja por la vulneración de sus derechos; 3) También ocasionó que se encuentre en calidad de aprehendido más allá del plazo establecido por la norma adjetiva penal; 4) El juez natural (se entiende el Juez ahora demandado) se constituyó el 4 de diciembre de 2013 -fecha en que se comunica el inicio de investigaciones-, y el Juzgado Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer de El Alto del departamento de La Paz, recién fue creado el 9 de julio de 2014; 5) Se interrumpió en forma arbitraria la competencia del juez natural; y, 6) A efectos de poder preservar su derecho al debido proceso en su vertiente de derecho a la libertad y a la defensa, solicitó se disponga que sin perjuicio del trámite del conflicto de competencias, el Juez ahora demandado resuelva su situación procesal y sin perjuicio de establecerse daños por mantenérselo aprehendido por más de setenta y dos horas sin que se defina su situación jurídica.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR