SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2015-S3

Fecha: 05-Jun-2015

“otorgó”

La Jueza Cuarta de Partido, de Sentencia Penal y Liquidadora de El Alto del departamento de La Paz, en suplencia de su homólogo Tercero, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 291/2014 de 28 de noviembre, cursante de fs. 76 a 77 vta., “otorgó” la tutela solicitada, disponiendo que el Juez hoy demandado defina la situación jurídica del ahora accionante, llevando a cabo la audiencia de medidas cautelares de acuerdo a los datos del proceso, con costas; bajo los siguientes fundamentos: a) En la audiencia de 27 del citado mes y año, la autoridad actualmente demandada, emitió una resolución por la cual en conocimiento del oficio remitido por el Juez Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer de El Alto del departamento de La Paz (que se declaró competente para conocer la causa), suscitó conflicto de competencias con el referido Juzgador, disponiendo la remisión de antecedentes ante el Tribunal Departamental de Justicia de ese departamento; b) Debió haberse resuelto la situación jurídica procesal del accionante hasta el 27 de noviembre de 2014, lo cual no sucedió, pues no se explica cómo el Juez ahora demandado no llevó adelante la audiencia de consideración de medidas cautelares, tomando en cuenta que él también se declaró competente “…y suscita un conflicto de competencias…” (sic); c) La autoridad hoy demandada no dio cumplimiento a la Resolución de inhibitoria efectuada por el Juez Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer de El Alto del referido departamento, y tampoco a la Resolución emitida el 27 del mismo mes y año, lesionando el derecho a la libertad del ahora accionante; y, d) Si bien el conflicto de competencias debe ser resuelto por el Tribunal Departamental de Justicia, este no puede supeditar ni condicionar la libertad del aprehendido, pues no es óbice para la autoridad cautelar que se declaró competente conocer y definir la situación procesal del hoy accionante.