SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

El  accionante ratificó la acción interpuesta, expresando que los demandados                con su actuar vulneraron lo establecido en el art. 53 de la Ley del Órgano            Judicial (LOJ), dado que las resoluciones de un tribunal de segunda instancia deben ser emitidas con la mayoría absoluta de votos de sus miembros, además lesionaron sus derechos al juez natural y a una resolución fundamentada, al no haberse convocado a un tercer vocal que permita un fallo imparcial y más aún cuando dichas irregularidades se mantuvieron a pesar de que fueron puestas en evidencia mediante la presentación de una solicitud de explicación complementación y enmienda.