SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

III.4.

El accionante denunció que dentro del proceso penal que se sigue en su contra por el delito de feminicidio, los Vocales demandados mediante los Autos de Vista 119/2014, y su Complementario de 30 de octubre de 2014,  vulneraron su derecho al debido proceso en sus componentes de los derechos al juez natural y a conocer una resolución fundamentada, al reflejar incongruencia entre lo fundamentado y lo resuelto;  ya que de acuerdo al voto de Bernardo Bernal Callapa, se tenía acreditado el trabajo y desvirtuado el riesgo definido en el art. 234.4 del CPP; sin embargo, el de Beatriz Cortez Vásquez, era tendiente a demostrar el trabajo y mantener subsistente el referido numeral del artículo citado, apreciación unilateral que fue plasmada en las Resoluciones cuestionadas desconociendo lo establecido en el art. 53 de LOJ; el cual exige que las determinaciones de un tribunal de segunda instancia sean emitidas con la mayoría absoluta de votos de sus miembros; por lo que correspondía la convocatoria de un tercer vocal dirimidor que permita un fallo imparcial.