SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de homicidio y lesiones graves en accidente de tránsito, en la audiencia conclusiva de 29 de agosto de 2014, presentó incidente de exclusión probatoria de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, signadas como MP1, MP2, MP3, MP4, MP5, MP6, MP7, MP10, MP11, MP12 y MP13; por cuanto, el informe de intervención policial preventiva se dio a conocer a la Fiscalía fuera del plazo de las ocho horas previstas en el art. 293 del Código de Procedimiento Penal (CPP), lo cual invalidó su actuación y la tornó ilegal. Sin embargo, los Vocales hoy demandados, en apelación, dictaron el Auto de Vista 69/2014 de 2 de octubre, denegando la exclusión probatoria referida; y, arbitrariamente, admitieron las ilegales pruebas MP1, MP3, MP4, MP7 y MP10.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2.
- b)
- c)
- e)
- CONFIRMAR