SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2015-S3

Fecha: 17-Jun-2015

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Jorge Oscar Balderrama Berrios, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por informe escrito presentado el 5 de diciembre de 2014, cursante de fs. 62 a 63 vta.; señaló que, por Auto de 29 de agosto del mismo año, la Jueza Primera de Instrucción, Mixta y cautelar de Tupiza del mismo departamento, declaró probado el incidente de exclusión probatoria, toda vez que, cada una de las pruebas conllevó una fundamentación del por qué fue excluida o no de manera concreta y clara, sin necesidad de que ésta sea ampulosa.

También refirió que, cada prueba debe tener un análisis propio, no pudiendo exigirse las mismas formalidades a un acta de registro, uno de secuestro, un croquis o un muestrario fotográfico presentado por el investigador, dado que cada una tiene sus propios requisitos y debe ser sometido a reglas de la sana crítica y a un balance entre la justicia formal y material.