SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
III.2.
El accionante, alega la lesión de los derechos invocados en la acción de amparo constitucional interpuesta, debido a que, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de homicidio y lesiones graves en accidente de tránsito, habiendo interpuesto incidente de exclusión probatoria contra la prueba presentada por el Ministerio Público; en apelación, los Vocales ahora demandados, sin fundamento legal, admitieron pruebas.
en parte el recurso; en consecuencia, revocaron parcialmente el Auto apelado de 29 de agosto de 2014, disponiendo la admisión de las pruebas MP1, MP3, MP4, MP7 y MP10, manteniendo la exclusión de las otras -MP2, MP5, MP6, MP11, MP12 y MP13- (Conclusión II.3); por lo que, únicamente nos referiremos a las consideraciones respecto de la prueba admitida, conforme a los siguientes razonamientos expresados por los demandados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2.
- b)
- c)
- e)
- CONFIRMAR