SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2015-S2
Fecha: 12-Jun-2015
conceder
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 29 de 5 de noviembre de 2014, cursante de fs. 108 a 114, constituida en Tribunal de garantías, resuelve conceder la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación inmediata del accionante a su fuente de trabajo así como el pago de sueldos devengados a devengarse al reconocimiento, cumplimiento y restitución de todos los derechos que le corresponden; sin costa ni multas al empleador, por ser excusable; decisión asumida con la siguiente fundamentación: 1) A partir de la promulgación del DS 0495, los trabajadores tiene la posibilidad de acudir indistintamente ante la jurisdicción laboral o constitucional, cuando han sido despedidos de manera injustificada y ha existido una conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo que no ha sido cumplido a cabalidad por el empleador; y, 2) Esta situación se ajusta a los presupuestos fácticos que se analizan, haciéndose evidente la vulneración a los derechos reclamados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR