Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2015-S2
Fecha: 12-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que, habiendo sido despedido de la empresa EMPACAR SA, acudió ante la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, instancia que, luego de efectuar el trámite correspondiente, pronunció la conminatoria sobre reincorporación laboral JDTSC/CONM.14/2014, conminando a la precitada Empresa a restituir al accionante a su fuente laboral, más el pago de salarios devengados y por devengarse, así como derecho y beneficios sociales que le correspondieran, decisión que no fue cumplida por el empleador.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR