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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2015-S2

    Fecha: 12-Jun-2015

    II.2.

    II.2.  El 19 de febrero de 2014, se entregó en oficinas de EMPACAR SA, citación  emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo a efectos de que la parte patronal, se presente en aquellas dependencias el 20 de igual mes y año,  recordando que el incumplimiento a la citación constituía desacato sancionado por ley (fs. 10). 

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • conceder
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1. Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
    • aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
    • continuidad y estabilidad de la relación laboral
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • provisional
    • CONFIRMAR

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