Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2015-S2
Fecha: 12-Jun-2015
II.1.
II.1. Mediante memorandum 010/2014 de 31 de enero, Jesús Monasterios Castedo, Jefe de Recursos Humanos de EMPACAR SA, comunicó al accionante que a partir del 1 de febrero del mismo año, “… queda suspendida definitivamente del cargo de Jefe Administrativo de Planta (…), agradeciéndole por los servicios prestados …” (sic) (fs. 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR