SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2015-S2

Fecha: 03-Jun-2015

III.3.  Otras consideraciones

De la revisión de los antecedentes cursantes en el legajo procesal se constata que, la presente acción de libertad fue presentada el “8 de octubre de 2013” (consignado por un error involuntario, debiendo ser 8 de noviembre de 2013); sin  embargo, la audiencia de consideración de la acción de libertad fue desarrollada el 3 de diciembre del mismo año; es decir, luego de un mes y veintiséis días; posteriormente, mediante oficio de remisión de 6 de diciembre del referido año, las autoridades constituidas en Tribunal de garantías, dispusieron remitir a este Tribunal Constitucional Plurinacional a efectos de la revisión del fallo; sin embargo, el cargo de recepción del expediente cursante a fs. 19 vta., demuestra  que el cuaderno procesal ingresó a este Tribunal Constitucional Plurinacional, el 15 de diciembre de 2014, a más de un año de su presentación.