Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2015-S1
Fecha: 15-Jun-2015
II.5.
II.5. El 29 de mayo de 2014, se emitió la Resolución Jerárquica 03/2014 mediante la cual el Rector de la UMRPSFXCH confirmó en todas sus partes la RA 01/2014, bajo el argumento de que se constató que la ahora accionante con el salario y la renta que percibe, supera el salario del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, consiguientemente no se violó normativa ni derecho alguno. (fs. 37 a 41).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- III.2.
- fundamentación
- , la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso”
- a menos que como resultado de esa valoración se hayan lesionado derechos y garantías constitucionales por apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar una prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR